Acto de conciliación
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Es un requisito previo para la tramitación de cualquier procedimiento por despido ante el Juzgado de lo Social, donde comparecen las partes desavenidas: el empresario/a y el trabajador/a, con el objetivo de llegar a un acuerdo satisfactorio para ambos, con anterioridad al procedimiento judicial. Se exceptúan de este requisito los procesos que exijan la reclamación previa en vía administrativa. Afecta al trabajador/a que reciba carta de despido alegando cualquier causa y al despedido verbalmente, impidiéndole el acceso al puesto de trabajo.
